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¿Cómo detectar y denunciar el acoso laboral contra la mujer?

05-03-2020, 2:13:07 PM Por:
nupcias.mx
© Yeremian Law

Una de cada dos mexicanas lo ha sufrido al menos una vez en su vida.

Empieza con una amabilidad exagerada y puede terminar con violencia física, pero sobre todo psicológica. Son esas invitaciones “a tomar algo” fuera de la oficina para platicar de “nuevos proyectos”, o de plano el condicionar la estabilidad en el empleo a cambio de favores sexuales: así es el acoso laboral contra la mujer. 

¿Cómo detectar y denunciar el acoso laboral contra la mujer?
Ojo

Detectar este problema no es fácil, y denunciarlo, en organizaciones generalmente dirigidas por hombres, se convierte en un verdadero vía crucis para las mujeres, sobre todo por los prejuicios inmediatos que suelen recibirse: “¿Estás segura?”; “¿No lo estarás malinterpretando?”; “¿No crees que exageras?”; “Él sería incapaz, solo está siendo amable”, o “Trata de vestir un poco más discreta”, son solo algunas de las frases con las que las y los superiores jerárquicos suelen responder a la quejosa.

Sí, porque el acoso laboral que afecta al sexo femenino no solo proviene de parte de los hombres, la cultura que le da más importancia al sexo masculino, y duda de los dichos y percepciones de la mujer, también suele condicionar el comportamiento de algunas cuando estas ocupan una posición de poder.

El acoso laboral, conocido también con el término anglosajón mobbing, afecta a hombres y mujeres por igual. Pero adquiere características especiales si la víctima es mujer, pues el hostigamiento se lleva a cabo justo por la condición de género de la trabajadora.

¿Qué dice la ley?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) define al hostigamiento como “el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral”. Puede expresarse a través de conductas verbales, físicas o ambas; en tanto que el acoso sexual, es “una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima”.

Su característica principal es que el hostigador, que puede ser hombre o mujer, se encuentra en una posición superior, en términos jerárquicos, con respecto a la víctima. En cambio, el acoso sexual puede sufrirse de parte de cualquier persona con la que se conviva en el trabajo, independientemente del puesto que ocupe el acosador.

Es cierto que los hombres también pueden ser acosados por las mujeres en los centros laborales, pero la proporción de quienes admiten haberlo sufrido es mucho menor con respecto al número de trabajadoras que cotidianamente se enfrentan a este problema.

De acuerdo con la más reciente Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la mitad de las trabajadoras en México al menos ha tenido una experiencia de acoso sexual al desarrollar su actividad productiva. Además, por cada nueve delitos sexuales cometidos en contra de las mujeres, hay un0 en contra de un hombre, lo que muestra cuál es el grupo poblacional más afectado con la violencia sexual.

¿Qué hacer en el trabajo?

Todos los patrones pueden sancionar hasta con el despido, sin que este se considere injustificado, a los autores del acoso sexual. La fracción III del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece que son causas de rescisión de la relación laboral, sin responsabilidad para el patrón, si un trabajador, durante sus labores, incurre en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra de alguno de sus compañeros.

De igual forma, es causal de despido si el trabajador comete “actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo”, de acuerdo con la fracción VIII del mismo numeral de la LFT.

Considerando lo anterior, no te calles, repórtalo de inmediato, tus superiores deben sancionar al agresor, de acuerdo con lo que marca la norma. Es cierto que en muchas ocasiones la respuesta de los superiores es despedir a la mujer que acusa ser víctima de acoso sexual, en este caso, se trataría de un despido injustificado.

Si te encuentras en esta situación, a todas luces injusta, debes demandar a tu patrón en la Junta de Conciliación y Arbitraje de tu localidad. En la demanda puedes pedir que se te reinstale en tu puesto, aunque si ya sufriste hostigamiento sexual, es mejor no regresar a ese centro laboral por tu propia seguridad, porque la violencia en tu contra -como mujer- puede aumentar y poner en riesgo tu vida e integridad.

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¿Acudo al Ministerio Público?

El acoso sexual es un delito contemplado en el Código Penal de la Ciudad de México, en su artículo 179, en tanto que el Código Penal Federal también refiere que por motivos de género se puede sufrir discriminación en el trabajo. Se trata de delitos que pueden ser denunciados ante el Ministerio Público para que el agresor sea sancionado hasta con cuatro años de prisión, en el caso de que el autor del acoso sea un superior jerárquico.

Si no obtuviste ninguna respuesta favorable cuando notificaste el hostigamiento en tu centro laboral, valora presentar una denuncia. En estos casos lo más recomendable no es acudir personalmente al Ministerio Público, pues es muy posible que este se niegue a recibirte.

Para evitar que esto suceda, o que seas revictimizada por el personal de las fiscalías. Llama a un abogado o abogada para que elabore tu denuncia y la presente en la Oficialía de Partes de la Fiscalía de tu entidad. Hay diversas organizaciones no gubernamentales que prestan servicios jurídicos a las mujeres que son víctimas de violencia en general, y de acoso sexual en lo particular, que pueden ayudarte con tu denuncia.

Si por temor no quieres denunciar a tu agresor, y sigues sin recibir apoyo de tu trabajo, analiza la posibilidad de dejarlo. Es cierto que es injusto tener que renunciar a tu empleo cuando tú eres la víctima, pero en estos casos es preferible que busques otras opciones en donde no esté en riesgo tu integridad, y tu estabilidad psíquica y emocional.

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